Con tanto caso de corrupción, asistimos cada día a los juicios de diferentes personajes públicos, como es el caso actual de la Infanta Doña Cristina. En estos casos, sale a la palestra la denominada Doctrina Botín. Nos referimos a una resolución del tribunal Supremo en 2007 que avalaba la decisión de la Audiencia Nacional de librar de ser juzgados a tres directivos del Banco Santander y al Presidente, Emilio Botín. Esta decisión se sustenta sobre el hecho de que la acusación popular no era suficiente para la apertura del juicio oral. Como bufete de abogados en Majadahonda te explicamos cuál es la diferencia entre la acusación particular y la acusación popular. Esta última es la que ejerce cualquier ciudadano ante la defensa de la legalidad, mientras que la particular es aquella que realiza la víctima directa de los hechos investigados.
Este término ha estado en el candelero a raíz del Caso Noos, donde ha sido imputada la Infanta Doña Cristina. En este caso, la acusación la ejerce Manos Limpias, al establecer que ella consintió en dos delitos fiscales cometidos por su marido, Iñaki Urdangarín. Por su parte la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que actúan en representación de los intereses de Hacienda, no la consideran responsable y, por ello, solicitaron la aplicación de la Doctrina Botín en su caso.
Sin embargo, desde Fúster & Olabarri queremos destacar que existe otro caso similar en el que la Doctrina Botín no pudo ser aplicada. Fue el caso del Presidente del País Vasco, Juan Maria Atutxa, quien confiaba en que se le aplicaría dicha Doctrina. En este caso, el Supremo estableció que la misma sólo podía ser aplicable cuando el delito cometido dañara a una persona o personas concretas. Atutxa no se benefició de dicha Doctrina, siendo condenado por un delito de desobediencia a la autoridad judicial al no disolver un grupo parlamentario.
En el caso de la Infanta Cristina, la Audiencia Nacional desestimó aplicar la Doctrina Botín a finales del pasado mes de enero. Así que finalmente será juzgada por la trama de desvío de fondos públicos de los Gobiernos autonómicos de Baleares y Valencia, así como del Ayuntamiento de Madrid, donde el principal imputado es su esposo, Iñaki Urdangarín.